Con articulación jurisdiccional se logró la filiación paterna voluntaria de una niña que vive en otra provincia

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El caso llegó a Salta remitido por una Defensora Pública Oficial de Buenos Aires quien solicitó asistencia a la Defensoría Pública Oficial N° 4 de Salta. Esta articulación permitió encontrar una solución eficaz al conflicto y la economía procesal y de gastos para todas las partes.
La Defensora Oficial Civil N° 4 de Salta, Natalia Buira -dependiente de la Defensora General de la provincia, María Inés Diez-, logró que un hombre reconociera voluntariamente a una niña como su hija biológica luego de que la Defensora Oficial de Pobres y Ausentes en lo Civil, Comercial y Laboral N° 4 del Departamento Judicial San Martín, de la provincia de Buenos Aires, Viviana Salamone, le requiriera asistencia para llevar adelante el trámite judicial.
Es que una mujer se había presentado en el organismo público bonaerense solicitando representación para iniciar la filiación paterna de su hija, nacida en la provincia de Salta, pero radicada en Buenos Aires hace varios años.
Al momento de aportar datos sobre el progenitor de la niña, la mujer informó que el hombre residía en General Güemes, razón por la cual la Defensora porteña solicitó colaboración local para ubicar y citar a audiencia al demandado.
Habiendo sido convocado dos veces, el hombre se presentó en la segunda oportunidad ante la Defensora Oficial Civil N° 4 de Salta quien lo puso al corriente del reclamo de filiación iniciado en Buenos Aires, obteniendo como respuesta la voluntariedad del demandado de reconocer como hija biológica a la menor en cuestión.
Así fue como finalmente se logró la filiación paterna voluntaria de la niña y el asiento del reconocimiento tardío en su partida de nacimiento, documentación que ya fue remitida a Buenos Aires para que le sea entregada a la madre de la menor.
Al respecto, la Defensora General de la provincia, María Inés Diez, manifestó que “esta articulación permitió encontrar una solución rápida y eficaz al conflicto con economía procesal y de gastos para todas las partes, todo lo cual repercutió favorablemente en los intereses de la niña”.