El Defensor General de la Provincia interpuso una acción de amparo colectivo en la Justicia Federal a los fines de que se ordene la Obra Social del Personal de la Sanidad de Argentina (OSPSA) Delegación -Salta ejecutar todas las medidas pertinentes a fines de que garantice en forma inmediata la COBERTURA TOTAL de todos los afiliados de esa obra social que se encuentren presumiblemente contagiadas por el virus de COVID 19 a que se le realicen las pruebas y estudios mediante hisopados y análisis de sangre para detectar la existencia de anticuerpos.
La medida se adopta ante los numerosos reclamos realizados en Defensoría General que dan cuenta que la obra social NIEGA la cobertura en estudios de hisopados, análisis de sangre e internaciones y por considerar esta conducta injustificada, ilegal y arbitraria, la que por la naturaleza de los derechos fundamentales implicados exige particular sensibilidad y no admite dilaciones. La no prestación por parte de la obra social demandada de la cobertura médica solicitada, importa una clara violación al derecho a la Salud y a la vida.
En el marco de los términos del artículo 87 de la Constitución Provincial y 43 de la Constitución Nacional, 1º y concordantes de la Ley 16.98 la Defensoría General se encuentra legitimada a accionar en beneficio de la sociedad.