Por drogas y abandono, tres niñas serán tuteladas por su abuela materna

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La Defensora Oficial Civil N° 2, Zulema Guerrero, logró que un abuela materna obtuviera la tutela de tres de sus nietas. Dos de ellas fueron dejadas a su cuidado hace muchos años y una tercera fue recuperada de la Casa Cuna justo antes de ser dada en adopción. Sus padres las abandonaron y la madre padece una adicción a las drogas que la convirtió en una persona violenta y conflictiva.
Una abuela materna logró que el Juzgado de 1era Instancia en lo Civil, de Personas y Familia N° 6 le otorgara la tutela de tres de sus nietas menores de edad que habían sido dejadas a su exclusivo cuidado y que pasaron a integrar así un numeroso grupo familiar que multiplicó sus esfuerzos para incorporarlas, alimentarlas, hacerlas estudiar, brindarles un hogar y crear un lazo afectivo recíproco.
La mujer fue patrocinada en su trámite judicial por la Defensora Oficial Civil N° 2, Zulema Guerrero, quien en su demanda planteó la imperiosa necesidad de estas niñas de ser tuteladas para su desarrollo integral.
Dos de las menores son hijas de un padre y la tercera de otra relación, ambos progenitores abandónicos; y la madre de las menores padece una adicción a las drogas que la convirtió en una persona violenta y conflictiva. Ella se encuentra en situación de calle.
En el marco de esta causa, las tres menores fueron escuchadas para tener en cuenta su opinión; pues en definitiva lo que se perseguía -entre otras cosas- era defender el interés superior de las niñas tal y como lo establecen las normas del Código Civil y Comercial que preveen que para el discernimiento de la tutela y para cualquier otra decisión relativa a la persona menor de edad se debe oír previamente al niño, niña o adolescente; tener en cuenta sus manifestaciones en función de su edad y madurez y decidir atendiendo primordialmente a su interés superior.
La inexistente relación entre la madre y las hijas se patentizó en el trámite judicial cuando en una audiencia la niña más pequeña no pudo reconocer a su mamá en fotografías que se le exhibieron.
La razón por la que la abuela inició los trámites con asistencia de Guerrero fue que la última vez se le complicó verdaderamente la inscripción de las niñas en la escuela a la que asisten, por no contar con la documentación que avalara que es ella quien realmente ejerce el rol de madre; más allá de que la institución y todo el entorno estuviera al tanto del abandono que habían sufrido.
En la sentencia, el juez de 1era Instancia en lo Civil, de Personas y Familia N° 6, Daniel Juan Canavoso, mencionó que “la tutela es una institución subsidiaria cuya finalidad es la protección de la niñez durante su tránsito hacia la etapa adulta, sea en su aspecto personal como en el patrimonial, cuando el niño, niña o adolescente no tengan persona/s que ejerza/n para ellos la responsabilidad parental”.
Además, explicó el magistrado que “la tutela cumple las siguientes funciones: cuidado de la persona, cuidado de los bienes y representación de origen legal consistente en designar judicialmente a otra persona idónea, en este caso al tutor, para que realice en nombre y cuenta de la persona tutelada menor de edad (…) los actos jurídicos convenientes para su cuidado y para la gestión de su patrimonio”.
Por su parte, la Defensora General, María Inés Diez, manifestó que “este es otro pronunciamiento judicial en el cual la Justicia advierte y resuelve teniendo en cuenta realidades sociales que impactan y con la que se convive. En este caso como dato significativo el pedido de ser asistida por esta Defensoría se inicia con una carta redactada por una conocida de la abuela en virtud de su relación laboral que decide ayudarla sabiendo su situación familiar crítica y la dedicación total de la abuela para con sus nietas”.