En la sesión de hoy, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley que promueve la modificación del artículo 51 de la Ley Nº 7.328 relativo a la regulación de honorarios en los procesos en los que participan los Defensores Oficiales Penales.
Esta propuesta de modificación contaba con la aprobación de la Cámara de Diputados y había sido presentada por el Defensor General de la Provincia, Dr. Martín Diez Villa, ante la Comisión de Legislación General, Del Trabajo y Régimen Previsional del Senado.
“La Defensa Pública necesitaba ser puesta en valor como parte sustancial del proceso penal“, expresó el Dr. Martín Diez Villa, quien se mostró satisfecho con la sanción definitiva del proyecto que modifica la Ley Orgánica del Ministerio Público. “Esto permitirá que aquellos que puedan pagar por dicho servicio lo hagan, sin que esto implique menoscabar el Derecho de Defensa en juicio“, agregó.
El Defensor General resaltó, en este sentido, que se trata de un proyecto que garantiza el acceso a la justicia en igualdad de condiciones, conforme lo que establece la Constitución Nacional, entendiendo que el servicio de defensa penal pública debe priorizar a personas de escasos recursos o en situación de vulnerabilidad. Asimismo, aclaró que a partir de ahora se deberá reglamentar el procedimiento de percepción de dichos recursos, los cuales serán asignados al mejor funcionamiento del servicio de defensa pública, de la misma manera que ocurre actualmente con los recursos percibidos en el marco de los procesos civiles.
Esta modificación en modo alguno limita o restringe la asistencia letrada de un Defensor Oficial Penal a la persona acusada de un delito.
A partir de esta aprobación, el proyecto pasa al Ejecutivo para su promulgación.