Distrito Judicial Centro
El Ministerio Público de la Defensa esta conformado por el Defensor General y 45 Defensores distribuidos en toda la provincia.
El Distrito Centro contempla Capital, La Poma, Molinos, Cachi, San Carlos, Chicoana, La Viña, Cafayate, La Caldera, General Güemes, Rosario de Lerma, Los Andes, Santa Victoria, Nazareno e Iruya.
Unidades de Defensa Pública (UDP)
Trabajo en equipos: Los magistrados del Ministerio Público de la Defensa trabajan en equipos, bajo los principios de unidad de actuación, flexibilidad y colaboración, conformando Unidades de Defensa Pública (UDP).
Principio de asistencia única: El caso que ingresa a una UDP será tramitado por ese equipo en todas las etapas e instancias del proceso.
Turnos quincenales: Cada UDP actuará en turnos de 15 días, recibiendo todo caso que requiera la intervención de la Defensa Pública.
Denominación: Los magistrados solo serán identificados como Defensores Oficiales Penales, sin nominación alguna y con la única referencia a la UDP que formen parte.
Unificación de Competencia: Todos los Defensores Oficiales Penales cumplen las mismas funciones, por lo que desaparecieron las diferencias entre Defensor de Cámara y Defensor común. Las 6 UDP están conformadas de la siguiente manera:
- Unidad de Defensa Pública Nº 1
- Dra. Karina Peralta
- Dra. Liliana Linares Morón
- Dra. Thelma Cecilia Niederle de Leoni
- Unidad de Defensa Pública Nº 2
- Dr. Jaime Benjamín López Figueroa
- Dr. Víctor Walter Clark
- Dra. Martha Graciela López
- Unidad de Defensa Pública Nº 3
- Dra. María Cecilia Martínez
- Dr. Eduardo Raúl Sángari
- Dr. Marcelo Antonio Di Bez
- Unidad de Defensa Pública Nº 4
- Dra. Marina Azucena Bouhid
- Dr. Pedro Pablo Curotto
- Unidad de Defensa Pública Nº 5
- Dra. Patricia Mercedes González
- Dra. Sandra Elizabeth Ortíz
- Dra. Marcela Lucrecia Robles
- Unidad de Defensa Pública Nº 6
- Dr. Jorge Eduardo Bonetto
- Dr. Carlos Hugo Genovese
- Dra. Ana Laura Carrizo Reyes.
Defensorías Civiles
Teniendo en cuenta la tendencia que admite la división del trabajo judicial a partir de los tipos de procesos y consustanciada con el compromiso de cambio, entiende que la defensa pública, amparando el derecho fundamental de acceso a la justicia, debe hacerlo con una defensa técnica de calidad y especializada en razón de la materia. Durante el año 2008 se evaluaron las tareas de las Defensorías Civiles, y a la luz de los informes estadísticos, se determinó que el 75% del total de las causas que se asigna a cada Defensoría Civil corresponde a causas de derecho de familia y el 25% a los restantes fueros.
Por Resolución Nº 11 se dispuso la especialidad por materia, quedando las Defensorías Oficiales Civiles Nº 1, 2, 3, 4, 5 y 9 del Distrito Judicial del Centro avocadas al conocimiento y competencia de las causas que se tramitan por ante los Juzgados de Personas y Familia y las Defensorías civiles 6, 7 y 8 intervienen en las causas que se tramitan por ante los Juzgados Civil y Comercial, Laboral, Concursos y Quiebras, Ejecutivos y Contencioso Administrativo, Registro de Comercio y Minas, las actuaciones por actorías civiles en sede penal, y todas aquellas que no correspondan al fuero de Familia, en todas las instancias. Todas las defensorías civiles atienden a personas carentes de recursos.
- Defensoría Oficial Civil Nº 1: Dra. Rosa Verónica Orellana
- Defensoría Oficial Civil Nº 2: Dra. Zulema Guerrero
- Defensoría Oficial Civil Nº 3: Dra. Julia Elena Gómez Saravia.
- Defensoría Oficial Civil Nº 4: Dra. Natalia Buira.
- Defensoría Oficial Civil Nº 5: Dra. Sylvina María Carrer.
- Defensoría Oficial Civil Nº 6: Dra. Marcela Verónica Dávalos.
- Defensoría Oficial Civil Nº 7: Dr. Gabriel Alberto Savino.
- Defensoría Oficial Civil Nº 8: Dra. Rosanna Alicia Sángari.
- Defensoría Oficial Civil Nº 9: Dra. Mirtha Ruth Guzmán.