IX Jornadas Nacionales: Charlas en el Salón Leguizamón sobre CANNABIS SATIBA

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Cannabis. Proyecciones jurídicas y usos medicinales. Breves apuntes.

La primer charla estuvo a cargo de Victoria Vaca Paunero, Defensora Oficial Criminal y Correccional de Lomas de Zamora, luego habló Delia Isabel Baruta Patiño, madre de niños que requieren Cannabis y además bioquímica y luego hizo uso de la palabra Pablo Ordoñez, Defensor Público Oficial ante los tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia Nro. 1 de la Plata.

Comienzan explicando por qué pasó a ser esta planta “la mala del cuento”. Allí exponen las primeras publicidades de EEUU donde se declara “maligna” a esta planta. Dicen que: “el autor de que esto sea delito es Harry Anslinger, Padre de la DEA. Él no querían la planta de cáñamo y trabajó para que así lo sea a nivel planeta declarándola enemigo número uno”.

De ahí Richard Nixon pasó de “prevenir en salud a la guerra contra el cáñamo”. Estamos en los años 1971. Todo es nuevo. “El problema es que la perspectiva desde la cual se abarca todo esto pone el foco de lo penal sobre los usuarios y los ejércitos en materia de seguridad interior. Por eso es tan difícil legislar de manera diferente.

Luego exponen acerca del sistema internacional de fiscalización de psicotrópicos, convención única 1961 y convención de 1988. Allí viene la bajada de línea internacional, donde se le pide a los países del mundo que acompañen la lucha contra el THC en particular.

Es necesario saber en este punto que deciden clasificar a la planta por THC que contiene. El mundo entero acuerda que debajo de cierto THC queda fuera del sistema de fiscalización.
Y aquí hay un punto importante ya que el uso industrial con bajo THC no queda dentro del sistema de control. A pesar de eso, inexplicablemente, Argentina lo tiene prohibido y a partir de ahí todo es muy engorroso.

Lo que está por arriba de ese criterio sólo puede ser producido por y para medicina y está regulado.

Desde noviembre del 2020 la Organización Mundial de la Salud pide des regular y comienzan a cambiar las diferentes visiones que cada país tiene sobre este producto.

A todo esto ya desde el año 1971 se le había pedido a los países del mundo que erradiquen el cultivo de cannabis y desde entonces se trabaja con todos los medios posibles identificando cultivos para hacerlos desaparecer. El mundo se perdió de muchos años de trabajar en esta materia que ayuda a muchos enfermos.

En Argentina rige la ley 23737 y decreto reglamentario 560. Ley de cannabis medicinal 27250 y su decreto reglamentario 883 del 2022.

En total 24 legislaciones provinciales y 50 reglamentaciones en todo el país.

Más allá de la ley penal todo esto cambió en los últimos 5 años.

Pasamos de la persecución al primer cambio de paradigma cuando se reconoce su uso a favor de la salud. Todo esto comienza a cambiar en los años 90.

La 27350 reconoce el uso para paliativo del dolor. Y proveer a los pacientes que lo requieren. Principalmente investigación.

El cannabis casi no se industrializa en el mundo, es muy difícil. Porque la mayoría de los usuarios lo hace particularmente y busca la dosis y mezcla que le hace bien. Es mucho más efectivo el extracto completo de la planta y sus flores que lo que hasta ahora se produce en farmacia. Esto para la lógica del sistema farmacéutico y los mercados que representan es muy difícil de aplicar. En argentina sólo hay dos medicamentos en farmacia. Todos para la epilepsia.

Entonces si la mayoría de las personas que lo utilizan son particulares creemos que lo único que tenía que regular el estado argentino era permitir eso. Pero todo está penalizado.

Acceso Reprocann

Es un reglamento administrativo, no es una ley penal. Habilita la creación de un registro.

Las personas que se registren van a tener un permiso del estado por un año. Por ahora van a permitir hasta nueve plantas en flor y hasta 40 gramos de flor seca. Y 6 frascos de 30 mililitros de distintos derivados. Eso se puede hoy transportar en avión normalmente. La gente se anota en ese registro. En la página “Mi argentina” te dan un código QR. Con eso uno ya podría circular libremente. El problema es que nuestras fuerzas no tienen internet. No pueden chequear ese código QR. Ante la duda se le aplica ley penal. Es por eso que la defensa pública tiene un rol fundamental allí y mucho trabajo para hacer capacitando, redactando protocolos y todo lo que se les ocurra, todo viene bien.

Cuando la policía interviene lo que hace es sacarle el medicamento al paciente. Es una locura. Le sacan las plantas, generalmente terminan estropeadas, no las riegan, cuando logramos hacer restituir los derechos a los usuarios legítimos, muchas veces, ya es tarde. Son plantas que dan la flor una o pocas veces al año. En estos procedimientos, el paciente pierde la posibilidad de producir en todo un año.

“Hoy el reprocann tiene insriptos 100 mil personas, y hay 100 mil en espera. Sólo debe ser mayor de edad, firma de médico solicitando, dar un domicilio, básicamente.
Una cosa muy importante, es que te podés incribir como paciente, como médico, como auto cultivador y la novedad es que ahora las ONG también se pueden inscribir y estando registrado de esa manera se puede asistir hasta 150 pacientes. No es cualquier ONG, debe cumplir varios requisitos. Resolución 673 del Ministerio de Salud. Esto es lo último. Es lo que va a salir. Van a encontrar grandes cultivos autorizados por el estado. Y las fuerzas de seguridad lo van a ver como sospechoso”.

“El uso medicinal es un término muy amplio. Puede ser un niño con autismo. Puede venir en vaporizador. Puede venir en pastillas, en aceite, en caramelos. Hay mil métodos de extracción de resina de la planta”.

“Todo esto está rodeado de mitos. Hay prejuicios. Eso aleja a la gente al acceso. Tanto del servicio de salud y la carga de la perspectiva punitiva. Así vive la gente que es usuaria medicinal. En esto hay gente con discapacidad y problemas graves.
No se usa para curar. Sólo mejora la calidad de vida. Artritis. Artrosis. Diabetes”.

“Cuenta de un caso de Jujuy con gente que quedó un año presa por tener plantas. En este caso el fiscal va y trabaja en casación y el fallo es muy interesante porque allí se dice que ese tipo de cannabis no es ilegal”.

“Ley 27.669, sale, es la nueva ley. En Buenos Aires se está trabajando en esto con diferentes comisiones. Habrá plantas habilitadas para la industria. El cáñamo no es estupefaciente. Va a quedar fuera de la ley penal. Las ong van a poder transformarse en productoras”.

25 mil usos industriales tienen las plantas de cáñamo.

Hoy en argentina hay 6 tipos de semillas habilitadas por el ministerio de salud.
La anmat también está colaborando en habilitar nuevos productos que utilizan cannabis.

Con Perspectiva de Género

“Como defensores hay que fijarse porque seguramente vamos a tener frente nuestro, casos para defender. La policía debe tener un protocolo de actuación. Para que la policía no le rompa las plantas. Son plantas que sólo se pueden extraer una vez al año. Se puede perder todo en un secuestro”.

“El estado va a apoyar el desarrollo de esta industria. Lo que tenga licencia va a ser lícito.

Cualquier traba que se le pone a este sistema de salud, en un 80% de los casos se lo hace contra mujeres. Por eso a todo esto se le puede poner perspectiva de género”.

Pablo Ordoñez agrega que La ley detiene al consumidor.

“Son mínimo 4 años de detención”.

“La persona debe cumplir la pena por el delito de tráfico.
Pero la realidad es que sólo arrestamos mujeres mula, mujeres trans. Y no se animan a decir para quién trabajan. No lo hacen en ninguno de los casos. El temor es tan grande que prefieren quedar detenidas a acusar para quienes trabajan”.

No hay casos de jefes narcos atrapados o sólo uno en la historia argentina.

Fallo de la corte Macame de este año

“Desde la defensoría tocó asistir a un caso donde se solicitó que haya control cero del cultivo. El esfuerzo que hicimos como oficina todos es que nos pusimos a pensar en los chicos que eran los principales beneficiarios de este cultivo. Todo se hacía y era para ellos. El actor hablaba de que no puede haber más controles. Los jueces de la corte hicieron muchas recomendaciones y preguntas. El argumento fue que esto es una buena trascendencia, y se explicó que hay efectos negativos, pero que en realidad son muy pocos”.

“Nosotros expusimos y argumentamos que estamos ante un medicamento para niños que son las madres que lo hacen para salvaguardar la salud de sus hijos. Lo que vimos es que quienes producían el medicamento, lo hacen en la casa para sus propios chicos. No estamos frente a narcos de peso”.

“El procurador dijo que esto son conductas prohibidas legalizadas. Entonces nosotros ahí como defensores tenemos un desafío muy interesante”.

Nuestro argumento es que desde marzo del 2017 esto no está prohibido, que es para la salud. ¿Porqué debe haber causa penal cuando estamos hablando de una medicina?. Tengan bien en claro que el bien jurídico es la salud pública.

Estamos ante una situación donde los políticos tienen miedo de desregular.

“Lo que hacemos es investigar. Traemos técnicas desde EEUU. Vamos poniendo parches. Nos olvidamos de qué es lo que está pasando. Deberíamos discutir si todos los consumos son problemáticos o no. O si queremos combatir el narcotraficante o no. Empecemos a discutir en una sola ley en vez de poner parches y parches de los parches.
Revisar el artículo 19. Discutir. Los parches momentáneos nos llevan a la confusión. Cualquier detenido que pasó 48 horas en un calabozo no le interesa que después sea sobreseído, quiere salir lo antes posible”.

“Inventan penas para narco traficantes pero la realidad es que se lo aplica a giles. No hay narcos presos. No somos claros como país y como justicia”.