La mujer, que contó con la representación de la Defensora Julia Gómez y la Secretaria Letrada Gabriela Méndez, de la Defensoría Civil Nro 3, afirmó que se retiró de la vivienda que ocupaba con el demandado en razón de hechos de violencia familiar. Con el objetivo de resguardar su integridad psicofísica y la de sus hijos es que decidió residir en la casa de su madre, en la cual viven con poco espacio.
La Dra. Gómez sostuvo: “Cuando una mujer está frente a una situación de violencia familiar (que puede comprender desde maltrato verbal, físico, psicológico, entre otro) la coloca en un verdadero estado de vulnerabilidad ya que se haya comprometida su dignidad, integridad física y la comprensión de sus actos”.
El fallo expresa que la circunstancia en la que la actora debió abandonar la vivienda para resguardase ella y los niños no puede tomarse como una decisión consensuada de cese de convivencia ni mucho menos. Tampoco como una decisión unilateral libremente expresada.
Finalmente se resolvió que, al encontrarse a cargo de la custodia de sus hijos teniendo en cuenta que el demandado no cumple con la cuota alimentaria, la mujer está en condición de habitar el inmueble con su grupo familiar.